AEPD sanciona a «Bar Juniors» por instalación ilegal de cámara de vigilancia sin consentimiento ni información adecuada

Resolución PS-00389-2018
Firmado 2019-10-07T00:00:00Z
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En el procedimiento PS/00389/2018, se denunció la instalación de una cámara en la fachada exterior del establecimiento «Bar Juniors» sin contar con la autorización de la Comunidad de propietarios. La denuncia fue presentada por A.A.A. el 11 de julio de 2018, adjuntando pruebas documentales que acreditaban la presencia de la cámara.

El establecimiento no respondió a la reclamación, lo que llevó a la apertura de un procedimiento sancionador. La inspección determinó que el tratamiento de datos personales a través de la cámara no cumplía con la normativa vigente, ya que no se había obtenido el consentimiento necesario ni se había informado adecuadamente a los afectados.

Los hechos probados incluyen la falta de autorización de la Comunidad de propietarios, la ausencia de un cartel informativo visible y la imposibilidad de constatar lo que se grababa con el sistema instalado. Además, el administrador de la finca identificó al responsable como B.B.B., quien había abandonado el local.

La normativa sobre protección de datos establece que el tratamiento de imágenes debe respetar el principio de proporcionalidad y no puede captar imágenes de la vía pública o de espacios propiedad de terceros sin su consentimiento. Además, es necesario informar a los afectados sobre la existencia del sistema de videovigilancia y sus derechos.

La entidad «Bar Juniors» fue apercibida por la infracción del artículo 6 del RGPD, que regula las condiciones para el tratamiento lícito de datos personales. Se le requirió que, en el plazo de un mes, acreditara el cumplimiento de varias medidas, como explicar la causa de la instalación del sistema, disponer de un cartel informativo homologado, tener formularios informativos a disposición de los clientes y comunicar la instalación a la Comunidad de propietarios.

La resolución pone fin a la vía administrativa y los interesados pueden interponer recurso de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.