AEPD sanciona a Verne Information Technology con 1.600 euros por enviar correos comerciales sin consentimiento

Resolución PS-00387-2023
Firmado 2023-11-21T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador contra Verne Information Technology, S.L. se inició debido a la recepción de comunicaciones electrónicas comerciales por parte de A.A.A., quien no había autorizado expresamente dichos envíos ni mantenía una relación contractual previa con la empresa. La reclamación se basó en la recepción de correos comerciales no solicitados, lo que constituye una infracción del artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI).

La empresa alegó que las comunicaciones se realizaron amparadas en el interés legítimo y que el reclamante no había ejercido su derecho de supresión. Sin embargo, estas alegaciones fueron desestimadas, ya que no se consideró que existiera un consentimiento válido para recibir dichas comunicaciones.

La infracción se calificó como leve y se propuso una sanción de 2.000 euros, con una reducción del 20% por pago voluntario, quedando la sanción en 1.600 euros. La empresa procedió al pago de esta cantidad, lo que conllevó la terminación del procedimiento sancionador.