AEPD sanciona con apercibimiento a particular por vulnerar la intimidad con cámara de videovigilancia en vía pública

Resolución PS-00387-2020
Firmado 2021-05-05T00:00:00Z
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B.B.B. fue denunciada por la instalación de un sistema de videovigilancia en la ventana de su vivienda, que enfocaba la vía pública y la propiedad de A.A.A. La reclamante solicitó la retirada de la cámara, pero la petición fue ignorada. La cámara captaba imágenes de la vía pública y la vivienda de la reclamante, lo que vulneraba el principio de proporcionalidad y el derecho a la intimidad. La sanción impuesta fue un apercibimiento debido a que se trataba de un particular sin antecedentes de infracciones similares. Además, se requirió a B.B.B. que retirara o reorientara la cámara para cumplir con la normativa de protección de datos.