| Resolución | PS-00387-2019 |
| Firmado | 2020-03-11T00:00:00Z |
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Un vecino denunció la instalación de seis cámaras de videovigilancia en la casa de su vecino, que grababan zonas comunes y la vía pública. El denunciante alegó que estas cámaras invadían su privacidad y la de otros transeúntes. El propietario de las cámaras argumentó que las había instalado por motivos de seguridad debido a robos en la localidad y conflictos con el vecino denunciante. Sin embargo, no proporcionó la documentación necesaria ni un cartel informativo adecuado sobre la videovigilancia.
Se determinó que el propietario de las cámaras había incumplido el principio de minimización de datos del RGPD, ya que las cámaras grababan áreas innecesarias. Aunque se consideró que el vecino denunciante había cometido actos delictivos contra el propietario de las cámaras, se le impuso un apercibimiento. Se le ordenó ajustar la instalación de las cámaras conforme a la normativa vigente y colocar un cartel informativo adecuado.