| Resolución | PS-00383-2022 |
| Firmado | 2022-10-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo fue sancionado por no comunicar la designación de un delegado de protección de datos (DPD), a pesar de haber recibido dos notificaciones al respecto. La falta de respuesta a estas notificaciones y la ausencia de comunicación del DPD a la autoridad competente constituyeron una infracción del artículo 37 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La sanción impuesta fue un apercibimiento, y se le requirió al ayuntamiento que acreditara el nombramiento del DPD en un plazo de un mes. La decisión se fundamenta en la obligación de las administraciones públicas de designar y comunicar un DPD, conforme a la normativa vigente.