Santander Consumer multada con 50.000 euros por incumplir el derecho de oposición a la publicidad postal

Resolución PS-00380-2023
Firmado 2024-08-22T00:00:00Z
Enlace 📋

Un cliente denunció a Santander Consumer por recibir publicidad postal a pesar de haber ejercido su derecho de oposición. La entidad había confirmado por escrito que respetaría su decisión, pero el cliente recibió publicidad posterior. La investigación concluyó que la entidad no cumplió con el principio de licitud en el tratamiento de datos, vulnerando el artículo 6.1 del RGPD. Se impuso una multa de 50.000 euros y se ordenó a la entidad ajustar sus tratamientos de datos a la normativa vigente dentro de un plazo de seis meses. La sanción se justifica por la gravedad de la infracción y la falta de diligencia en la gestión del derecho de oposición del cliente.