| Resolución | PS-00379-2021 |
| Firmado | 2022-09-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a un procedimiento sancionador iniciado contra B.B.B., titular del Locutorio ***LOCUTORIO.1, por el tratamiento ilícito de los datos personales de A.A.A. La reclamante denunció que sus datos fueron vinculados a dos envíos de dinero realizados a través de Money Gram, a los que ella era ajena. La reclamante recibió notificaciones de estos envíos, lo que generó preocupación y reclamaciones ante Money Gram y las autoridades competentes. La parte reclamada, B.B.B., gestionó estos envíos sin verificar adecuadamente la identidad de la persona que facilitó los datos, incumpliendo así el principio de licitud del tratamiento de datos personales establecido en el RGPD. La sanción propuesta fue de 2.000 euros, pero se redujo a 1.600 euros debido al pago voluntario realizado por la parte reclamada, lo que conllevó la terminación del procedimiento.