AEPD sanciona con apercibimiento a particular por grabar propiedad ajena con cámara sin señalización

Resolución PS-00377-2020
Firmado 2021-04-15T00:00:00Z
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B.B.B. fue denunciada por la instalación de un sistema de videovigilancia que grababa el interior de la propiedad colindante de A.A.A. Además, la cámara no contaba con un cartel informativo visible que indicara la existencia del tratamiento de datos y la posibilidad de ejercer derechos sobre ellos. La reclamación se presentó el 12 de junio de 2020 y, tras un procedimiento sancionador, se determinó que B.B.B. había vulnerado los artículos 5.1.c) y 13 del RGPD. La sanción impuesta fue un apercibimiento, considerando que se trataba de un particular sin actividad principal vinculada al tratamiento de datos y sin reincidencia. Se le requirió a B.B.B. reorientar o retirar la cámara, colocar un dispositivo informativo visible y mantener la información a disposición de los afectados.