AEPD sanciona a empresa por incumplir el RGPD: Falta de información clara y consentimiento en la política de privacidad

Resolución PS-00377-2018
Firmado 2019-07-22T00:00:00Z
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Un usuario denunció que el sitio web de una empresa no identificaba claramente al titular y no solicitaba la aprobación del usuario a la política de privacidad en la página de contacto. La empresa, representada por Dña. B.B.B., fue investigada y se comprobó que, efectivamente, no se proporcionaba la información necesaria sobre el tratamiento de datos personales según lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La empresa fue requerida a adecuar su política de privacidad, pero las modificaciones realizadas no fueron suficientes. Se constataron varias irregularidades, como la falta de información completa sobre la identidad del responsable del tratamiento, los fines del tratamiento, la base jurídica, y los derechos de los usuarios. Además, el consentimiento para el tratamiento de datos no se obtenía de manera clara y específica para cada finalidad.

La decisión sancionó a la empresa con un apercibimiento, ya que la infracción se consideró leve y no había intencionalidad en la conducta. Se ordenó a la empresa que implementara las medidas necesarias para cumplir con el artículo 13 del RGPD, proporcionando toda la información requerida a los usuarios en el momento de la recogida de sus datos personales. La empresa debía acreditar estas medidas en un plazo de un mes desde la notificación de la resolución.