| Resolución | PS-00377-2017 |
| Firmado | 2018-02-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00377/2017, se denunció que los datos personales de dos individuos, Dña. A.A.A. y Dña. B.B.B., fueron publicados incorrectamente en la página web de KAPITOL S.A. (Infobel). Los datos aparecieron asociados a actividades que no correspondían a las profesiones reales de las denunciantes. Dña. A.A.A. encontró sus datos en el apartado de «Productos Dietéticos», mientras que Dña. B.B.B. los encontró en el epígrafe de una actividad que no ejercía.
La entidad Infobel reconoció que hubo un error técnico en el tratamiento de los datos, confundiendo registros de profesionales con registros residenciales. Este error llevó a la publicación incorrecta de los datos personales de las denunciantes. Infobel informó que, tras recibir la solicitud de información, detectaron y comenzaron a corregir el error técnico.
Se inició un procedimiento sancionador contra KAPITOL S.A. (Infobel) por la infracción del artículo 48.3.a) de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT), que garantiza el derecho de los usuarios finales a figurar en las guías de abonados con todas las garantías. La infracción se tipificó como leve según el artículo 78.11 de la LGT.
La sanción impuesta fue de 15.000 euros, justificada por la escasa repercusión social de la infracción y el cese de la actividad infractora. La resolución también advierte a la entidad sancionada sobre la obligación de hacer efectiva la sanción una vez sea ejecutiva la resolución.