| Resolución | PS-00376-2020 |
| Firmado | 2021-03-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Vicepresidente de una comunidad de propietarios denunció que, al solicitar un certificado de reclamación de deuda de un copropietario, recibió por error un certificado perteneciente a un tercero, vulnerando así la confidencialidad de los datos. La entidad responsable, ASESORÍA MUNIZ SOLÁN, S.L., no respondió a los requerimientos para explicar la incidencia y las medidas adoptadas para evitar futuros errores. Se determinó que la entidad había incumplido los artículos 5.1.f y 32 del RGPD, que establecen la integridad y confidencialidad de los datos personales y las medidas de seguridad adecuadas. Como sanción, se impuso una multa de 2.000 euros por la infracción del artículo 5.1.f y un apercibimiento para que la entidad adopte las medidas necesarias para corregir la brecha de seguridad y cumplir con el artículo 32 del RGPD.