AEPD sanciona con 300 euros por instalación ilegal de cámaras de videovigilancia en fachada orientada a la vía pública

Resolución PS-00373-2022
Firmado 2023-02-21T00:00:00Z
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Se denuncia la instalación de dos cámaras de videovigilancia en la fachada de un inmueble, orientadas hacia la vía pública, sin autorización administrativa previa. La parte reclamante alega que esta instalación vulnera el principio de minimización de datos del RGPD, ya que se captan imágenes de personas en espacios públicos sin justificación.

La sanción impuesta es de 300 euros debido a la infracción del artículo 5.1.c) del RGPD, que establece que los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines para los que se tratan. Además, se ordena la retirada o reorientación de las cámaras para que no capturen imágenes de la vía pública. La falta de respuesta de la parte reclamada durante el procedimiento también influyó en la decisión.