AEPD sanciona a Telefónica con 120.000 euros por dar de alta una línea telefónica sin consentimiento y registrar datos inexactos en ASNEF

Resolución PS-00373-2017
Firmado 2018-02-16T00:00:00Z
Enlace 📋

En el procedimiento sancionador PS/00373/2017, se resolvió una denuncia presentada por D. A.A.A. contra TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. (TDE). El denunciante alegó que TDE había dado de alta una línea de telefonía fija a su nombre sin su consentimiento. La denuncia se basó en una carta de reclamación de deuda recibida por el denunciante, en la que se le exigía el pago de una deuda asociada a una línea telefónica que él nunca había contratado ni utilizado.

Durante la investigación, TDE no pudo proporcionar pruebas suficientes que demostraran que el denunciante había dado su consentimiento para la contratación de la línea. Además, TDE no aportó el contrato supuestamente firmado por el denunciante ni documentos que acreditaran la identidad del contratante. La entidad también incluyó el NIF del denunciante en el fichero de morosos ASNEF, asociándolo a una deuda que no era cierta, vencida ni exigible desde la perspectiva del afectado.

La resolución determinó que TDE había infringido el artículo 6.1 de la LOPD al tratar datos personales sin el consentimiento del afectado. Además, se consideró que TDE había vulnerado el artículo 4.3 de la LOPD al incluir datos inexactos en el fichero de morosos. Estas infracciones fueron calificadas como graves y se impusieron dos sanciones de 60.000 euros cada una.

La sanción se justificó por la falta de diligencia de TDE en verificar la identidad del contratante y en mantener datos exactos y actualizados. La entidad no adoptó medidas adecuadas para asegurarse de que el consentimiento para el tratamiento de datos había sido otorgado por el titular legítimo de los mismos. Además, la inclusión de datos inexactos en el fichero de morosos perjudicó la reputación del denunciante, quien tuvo que realizar gestiones adicionales para corregir la situación.