| Resolución | PS-00366-2019 |
| Firmado | 2020-12-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un ciudadano denunció que, al dar de alta a una trabajadora en la Seguridad Social y solicitar una reducción de cotización, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) denegó la solicitud debido a una anotación de «delito fiscal» en sus ficheros. El ciudadano presentó certificados positivos emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), pero la TGSS insistió en la denegación. Tras varias gestiones, se descubrió que el error se debía a un campo no completado en la aplicación de Asistencia Jurídica de la AEAT, lo que generó un certificado erróneo. La AEAT reconoció el error y adoptó medidas para evitar futuras incidencias, como la revisión de expedientes y la mejora de controles en la aplicación. A pesar de estas acciones, se impuso una sanción de apercibimiento a la AEAT por mantener datos inexactos y no actualizados, vulnerando el principio de exactitud de los datos personales según el RGPD.