| Resolución | PS-00364-2021 |
| Firmado | 2022-05-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión sanciona al Ayuntamiento de ***AYUNTAMIENTO.1 por infracciones relacionadas con el tratamiento de datos personales de salud. La reclamante, una empleada municipal, denunció que su resultado de una prueba de anticuerpos COVID-19 fue enviado a su correo electrónico y al de su jefa sin su consentimiento explícito. El Ayuntamiento justificó la acción como una medida de prevención de riesgos laborales durante la pandemia, alegando que la comunicación de los resultados era necesaria para implementar medidas de seguridad. Sin embargo, se determinó que el Ayuntamiento no cumplió con los requisitos de consentimiento explícito y transparencia exigidos por el RGPD para el tratamiento de datos de salud. La sanción impuesta fue un apercibimiento, ya que las entidades públicas no pueden ser multadas en España. Además, se ordenó al Ayuntamiento ajustar sus procedimientos para garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos en futuras acciones similares.