AEPD sanciona a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por publicar datos personales innecesarios en el BOE y exige medidas para evitar futuras vulneraciones

Resolución PS-00361-2018
Firmado 2019-06-27T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada por una persona que participó en una convocatoria para el Cuerpo Superior de Técnicos en Instituciones Penitenciarias. La reclamante denunció que en la publicación del Boletín Oficial del Estado (BOE) figuraban su nombre, apellidos, DNI y fecha de nacimiento, lo cual consideró una vulneración de sus datos personales. Además, estos datos eran accesibles a través de motores de búsqueda como Google.

La reclamante solicitó que se retiraran sus datos del BOE y que se impidiera su indexación por motores de búsqueda. La entidad responsable, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, reconoció la incidencia y tomó medidas para corregirla, como modificar las bases de datos para evitar la publicación de datos innecesarios en futuras convocatorias.

La resolución determinó que la entidad había infringido el principio de minimización de datos y el tratamiento de categorías especiales de datos personales, como los relativos a la salud. Sin embargo, dado que la entidad ya había tomado medidas correctivas y que la infracción no fue intencional, se impuso una sanción de apercibimiento. Además, se requirió a la entidad que asegurara que los datos enviados al BOE no pudieran ser indexados por motores de búsqueda y que adecuara los tratamientos de datos en futuras convocatorias conforme a los principios del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La decisión subraya la importancia de proteger los datos personales y de garantizar que solo se recopilen y publiquen los datos estrictamente necesarios para el propósito específico, evitando la exposición innecesaria de información sensible.