La AEPD sanciona con 1.500 euros a un vecino por instalar una cámara de vigilancia desproporcionada que vulnera la privacidad de terceros.

Resolución PS-00359-2020
Firmado 2021-04-05T00:00:00Z
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Un vecino denunció la instalación de una cámara de vigilancia en la vivienda de enfrente, alegando que estaba orientada hacia la vía pública y su propiedad. La cámara, instalada por motivos de seguridad, fue considerada desproporcionada y violadora de la privacidad de terceros. A pesar de las alegaciones del propietario, quien argumentó que la cámara estaba orientada solo a su espacio particular y que tenía permiso del ayuntamiento, se determinó que la cámara captaba todo el ancho de la calzada, afectando a los derechos de los vecinos. Se impuso una sanción de 1.500 euros por vulnerar el principio de minimización de datos del RGPD, ya que la instalación no era proporcional al fin de seguridad y afectaba a la intimidad de los vecinos.