| Resolución | PS-00358-2023 |
| Firmado | 2023-12-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. denunció a A.A.A. por publicar datos personales y documentación en su perfil personal de una red social, con el objetivo de hacer campaña electoral y desprestigiarlo. La publicación incluía documentos municipales y comentarios sobre la actuación del reclamante en su puesto anterior. A.A.A. argumentó que los documentos eran públicos y que había tachado información sensible. Sin embargo, se consideró que la publicación vulneraba el artículo 6 del RGPD, ya que no contaba con el consentimiento del reclamante. Se inició un procedimiento sancionador con una multa propuesta de 1.000 euros, reducible al 600 euros por reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario. A.A.A. pagó la sanción, reconociendo su responsabilidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento. Se ordenó a A.A.A. adoptar medidas para ajustar su actuación a la normativa de protección de datos.