AEPD sanciona con 20.000 euros a NEGOCIOS R&R 2020 S.L. por no colaborar en una investigación de protección de datos.

Resolución PS-00355-2025
Firmado 2026-04-28T00:00:00Z
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Resumen de la decisión

En este procedimiento se sanciona a la empresa NEGOCIOS R&R 2020 S.L. por no colaborar con la investigación de la autoridad de control en materia de protección de datos. La denuncia original, presentada ante la autoridad competente, alertaba sobre un posible incumplimiento de la normativa de protección de datos por parte de la empresa.

Tras requerir información en tres ocasiones dentro del plazo legal establecido, la empresa no respondió a ninguno de los requerimientos, incumpliendo así su obligación de facilitar datos solicitados durante una investigación en curso. Esta conducta obstaculizó las funciones de supervisión de la autoridad de control, impidiendo verificar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La infracción se tipifica en el artículo 83.5.e del RGPD, que considera como tal «no facilitar acceso» (en este caso, información) tras una solicitud de la autoridad en el ejercicio de sus competencias. Se trata de una infracción grave, ya que afecta directamente al derecho a la supervisión y al control del cumplimiento normativo.

Como sanción, se ha impuesto una multa de 20.000 euros, atendiendo a la gravedad de la infracción, la falta de colaboración y los criterios de proporcionalidad, efectividad y disuasión establecidos en el RGPD. Además, se ordena a la empresa presentar la información requerida en un plazo de diez días hábiles desde que la resolución sea firme, como medida correctiva y para cumplir con las obligaciones legales.

La empresa no presentó alegaciones durante el procedimiento, por lo que, de conformidad con la normativa aplicable, el requerimiento de inicio del expediente sancionador pasó a considerarse propuesta de resolución. La multa máxima posible era superior —hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual—, pero se aplicó la mínima en atención a las circunstancias concretas. La sanción podrá ser recurrida mediante recurso de reposición ante la misma autoridad o mediante recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.