| Resolución | PS-00355-2022 |
| Firmado | 2023-02-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B y C.C.C. denunciaron a A.A.A. por la difusión de sus datos personales (nombre y apellidos) en un manifiesto publicado en un grupo de WhatsApp. La parte reclamada, A.A.A., fue acusada de vulnerar el artículo 6.1 del RGPD al tratar datos personales sin causa legitimadora. Se inició un procedimiento sancionador con una multa propuesta de 500 euros, reducible a 300 euros si se reconocía la responsabilidad y se pagaba voluntariamente. A.A.A. pagó la sanción reducida, reconociendo así su responsabilidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento.