| Resolución | PS-00354-2023 |
| Firmado | 2024-07-08T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión sanciona a WENANCE LENDING DE ESPAÑA, S.A. por dos infracciones relacionadas con el tratamiento de datos personales. La primera infracción se refiere al artículo 6.1 del RGPD, ya que la empresa trató datos personales sin una base legal adecuada. La reclamante denunció que WENANCE le imputaba una deuda por un préstamo que no había contratado, alegando suplantación de identidad. La empresa no verificó adecuadamente la identidad del solicitante ni la titularidad de la cuenta bancaria, lo que permitió que el préstamo se concediera fraudulentamente. La segunda infracción se relaciona con el artículo 12 del RGPD, ya que WENANCE no respondió adecuadamente a la solicitud de supresión de datos presentada por la reclamante. La empresa fue sancionada con una multa de 70.000 euros por la primera infracción y 2.000 euros por la segunda. Además, se le ordenó contestar la solicitud de supresión de datos en un plazo de un mes.