| Resolución | PS-00352-2023 |
| Firmado | 2023-09-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un cliente denunció a SUMINISTRADOR IBÉRICO DE ENERGÍA, S.L. (SIE) por la formalización de un contrato de suministro de electricidad sin su consentimiento y sin haber facilitado sus datos previamente. La empresa realizó cargos en su cuenta bancaria en virtud de dicha contratación no consentida. SIE reconoció un error en el proceso de contratación y la paralización de sus procedimientos de contratación desde marzo de 2022. Se determinó que SIE había incumplido el artículo 6.1 del RGPD, que establece que el tratamiento de datos personales debe ser lícito, leal y transparente. La empresa fue sancionada con una multa de 50.000 euros por realizar tratamientos de datos sin el consentimiento del interesado. Además, se le ordenó implementar medidas para garantizar que futuras contrataciones se realicen con el consentimiento adecuado y documentado.