| Resolución | PS-00351-2021 |
| Firmado | 2021-09-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de Coruña denunció la presencia de una cámara de videovigilancia en funcionamiento dentro de un vehículo estacionado en zona pública. El propietario del vehículo, identificado como A.A.A., instaló la cámara para evitar actos vandálicos, pero no justificó adecuadamente su uso ni informó a las personas afectadas.
La decisión concluyó que la instalación de la cámara infringe el principio de minimización de datos del RGPD, ya que grababa imágenes de espacio público sin una causa justificada. Aunque el propietario retiró la cámara y colaboró con las autoridades, se le impuso una sanción de 1000 euros por la infracción. La sanción se consideró proporcional debido a la naturaleza y gravedad de la infracción, así como a la falta de intencionalidad demostrada.