Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros sancionado por obstaculizar investigación de protección de datos

Resolución PS-00350-2024
Firmado 2025-05-31T00:00:00Z
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El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros fue sancionado por no facilitar la información requerida en el plazo establecido, obstaculizando así la potestad de investigación de la autoridad competente en materia de protección de datos. La sanción se basa en el incumplimiento del artículo 58.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que obliga a los responsables del tratamiento de datos a proporcionar la información solicitada por las autoridades de control.

La denuncia se originó a partir de una reclamación presentada contra el Ayuntamiento, que evidenció indicios de incumplimiento de las normas de protección de datos. A pesar de los múltiples requerimientos de información enviados al Ayuntamiento, este no respondió adecuadamente dentro de los plazos establecidos, lo que constituyó una infracción tipificada en el artículo 83.5 del RGPD.

El Ayuntamiento alegó dificultades debido a la falta de personal cualificado y la elevada actividad administrativa, pero estas circunstancias no fueron consideradas suficientes para eximirlo de su responsabilidad. La autoridad competente determinó que la infracción se había cometido al no proporcionar la información requerida en tiempo y forma, obstaculizando así la investigación.

La sanción impuesta al Ayuntamiento se fundamenta en la necesidad de garantizar la efectividad de las investigaciones en materia de protección de datos y la obligación de los responsables del tratamiento de datos de colaborar con las autoridades de control. La resolución declara la infracción y establece las medidas necesarias para corregir la conducta y evitar futuros incumplimientos.