AEPD sanciona a A.A.A. por incumplir la transparencia en la protección de datos y exige actualización de su política de privacidad

Resolución PS-00350-2019
Firmado 2019-12-27T00:00:00Z
Enlace 📋

El procedimiento sancionador se inició tras una reclamación presentada por el Instituto Municipal de Consumo de Madrid contra A.A.A. La reclamación se basaba en la recogida de datos personales sin proporcionar la información necesaria a los interesados, conforme a la normativa vigente en protección de datos.

Se constataron varias irregularidades en la política de privacidad de A.A.A. En su página web, no había casillas de verificación para diferenciar el consentimiento de los usuarios con respecto a otros aspectos de la relación entre el responsable y el interesado. Además, no se mencionaba la posibilidad de presentar una reclamación ante la autoridad de control en caso de ejercicio de derechos.

La falta de respuesta por parte de A.A.A. a los requerimientos de información y la evidencia de las infracciones detectadas llevaron a la imposición de una sanción. La infracción se tipificó como leve, según el artículo 83.5.b del RGPD, debido al incumplimiento del principio de transparencia y el derecho de información del afectado.

La sanción impuesta fue un apercibimiento, considerando que la actividad principal de A.A.A. no está directamente vinculada al tratamiento de datos personales y no se habían cometido infracciones anteriores en materia de protección de datos. Además, se requirió a A.A.A. que actualizara su política de privacidad para cumplir con las exigencias del artículo 13 del RGPD, proporcionando toda la información necesaria a los usuarios antes de la recogida de sus datos personales.