| Resolución | PS-00342-2023 |
| Firmado | 2024-02-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual (ASEPAL) fue sancionada por no informar adecuadamente a los participantes de una asamblea sobre la grabación de la reunión y por negar el acceso a las grabaciones solicitadas. Los reclamantes, D. A.A.A. y B.B.B., denunciaron que no se les advirtió de la grabación ni se les permitió prestar consentimiento. ASEPAL alegó que se comunicó verbalmente y mediante un mensaje en pantalla a los asistentes online, pero no se proporcionó información completa sobre los fines del tratamiento de datos. La sanción se impuso por vulnerar los artículos 6.1 y 13 del RGPD, que exigen transparencia y consentimiento informado en el tratamiento de datos personales. ASEPAL pagó voluntariamente la sanción de 6.000 euros, reconociendo su responsabilidad y aceptando adoptar medidas correctivas para ajustarse a la normativa.