| Resolución | PS-00340-2023 |
| Firmado | 2023-11-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La entidad C.C.C. fue denunciada por B.B.B., quien alegó que las cámaras de videovigilancia de C.C.C. captaban imágenes de su establecimiento y accesos sin autorización. La denuncia se basó en la falta de información adecuada sobre la videovigilancia y la orientación incorrecta de las cámaras, lo que vulneraba el principio de minimización de datos y el deber de información. Se inició un procedimiento sancionador con una propuesta de multa de 1000 euros, reducible a 600 euros si se reconocía la responsabilidad y se pagaba voluntariamente. C.C.C. pagó la sanción reducida, reconociendo así su responsabilidad. El procedimiento se terminó, y se ordenó a C.C.C. adoptar medidas para ajustarse a la normativa de protección de datos.