| Resolución | PS-00340-2019 |
| Firmado | 2020-03-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Doña A.A.A. denunció al Partido Aragonés Regionalista por recibir propaganda política a pesar de haber manifestado su oposición expresa a través del Instituto Nacional de Estadística (INE). La denunciante presentó pruebas que confirmaban su inscripción como opositora a recibir propaganda y la recepción de material del partido denunciado.
Se constató que el partido no atendió el derecho de oposición de la denunciante, vulnerando el artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La sanción impuesta fue un apercibimiento, considerando que los partidos políticos tuvieron un corto período para adaptarse a las nuevas normativas y que los daños fueron mínimos.