| Resolución | PS-00338-2018 |
| Firmado | 2019-01-28T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador PS/00338/2018 se inició debido a una denuncia presentada por A.A.A., quien reclamó que su identidad había sido suplantada para realizar una compra fraudulenta. Según la denuncia, se utilizó su nombre y DNI para adquirir un collar de oro, generando una deuda de 1991,88 euros. Además, sus datos fueron incluidos en ficheros de morosidad sin su consentimiento.
La empresa CLUB INTERNACIONAL DEL LIBRO, MARKETING DIRECTO, S.L. fue acusada de tratar datos personales sin el consentimiento del afectado y de incluir información inexacta en ficheros de morosidad. La empresa alegó que actuó de manera diligente y que la suplantación de identidad no era su responsabilidad. Sin embargo, se determinó que la empresa no realizó las comprobaciones necesarias para verificar la identidad del comprador, lo que resultó en la inclusión incorrecta de los datos de A.A.A. en ficheros de morosidad.
La sanción propuesta inicialmente fue de 52.000 euros, dividida en dos multas: 28.000 euros por la infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que exige el consentimiento inequívoco para el tratamiento de datos personales, y 24.000 euros por la infracción del artículo 4.3 de la LOPD, que obliga a que los datos sean exactos y actualizados. Sin embargo, la empresa optó por el pago voluntario, lo que redujo la sanción en un 20%, resultando en un pago total de 41.600 euros. Este pago implicó la terminación del procedimiento y la renuncia a cualquier recurso administrativo.