| Resolución | PS-00328-2024 |
| Firmado | 2025-09-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador se inicia tras la denuncia de un usuario que solicitó acceso a sus datos de geolocalización a EUSKALTEL, S.A. La empresa, sin embargo, no proporcionó toda la información solicitada, alegando que no disponía de los datos de geolocalización específicos. La resolución inicial ordenó a EUSKALTEL que atendiera el derecho de acceso o denegara motivadamente la solicitud, pero la empresa no cumplió con esta orden, lo que llevó a la imposición de una sanción.
La denuncia se centra en el incumplimiento del derecho de acceso a los datos personales, específicamente los datos de geolocalización de una línea telefónica. El usuario solicitó estos datos desde el 1 de enero de 2021 hasta la fecha de la solicitud, pero EUSKALTEL solo proporcionó identificadores de celdas, sin incluir la localización geográfica detallada.
La sanción impuesta a EUSKALTEL asciende a 100.000 euros por vulnerar el artículo 58.2 del RGPD, que obliga a las empresas a atender las solicitudes de acceso a datos personales. La empresa fue requerida en varias ocasiones para cumplir con la resolución, pero no lo hizo, lo que se consideró una infracción grave. Además, se ordenó a EUSKALTEL que adoptara medidas para garantizar el cumplimiento futuro del derecho de acceso a los datos de geolocalización.
La decisión subraya la importancia de que las empresas cumplan con las solicitudes de acceso a datos personales y la gravedad de no hacerlo, especialmente en un sector tan sensible como el de las telecomunicaciones. La sanción busca ser disuasoria y asegurar que las empresas respeten los derechos de los usuarios en materia de protección de datos.