| Resolución | PS-00323-2020 |
| Firmado | 2021-03-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un usuario denunció a GRUPO OCIO DESARROLLO Y SERVICIOS, S.L. por recibir comunicaciones comerciales no solicitadas a través de WhatsApp. El reclamante había solicitado previamente que sus datos fueran borrados y que dejaran de enviarle publicidad, pero la empresa continuó enviándole mensajes promocionales. La empresa fue sancionada con una multa de 1.500 euros por vulnerar el artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, que prohíbe el envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento previo. La sanción se justifica por la reiterada violación del derecho del usuario a no recibir publicidad no solicitada.