| Resolución | PS-00322-2018 |
| Firmado | 2018-12-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00322/2018, Don B.B.B. presentó una denuncia contra Doña A.A.A. por recibir correos electrónicos no deseados desde la dirección info@rosettaforner.com. El denunciante alegó que estos correos no incluían un sistema para darse de baja, lo que violaba sus derechos.
La investigación confirmó que el denunciante recibió varios correos comerciales desde la dirección mencionada, los cuales no proporcionaban un medio sencillo y gratuito para oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales. Aunque la denunciada negó inicialmente el envío de estos correos, posteriormente reconoció haberlos enviado y se disculpó, eliminando los datos del denunciante de su lista de contactos.
La infracción se tipificó como leve según el artículo 21.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), que establece la obligación de ofrecer un procedimiento sencillo y gratuito para que los destinatarios puedan oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales. La sanción impuesta fue de 600 euros, considerando la regularización de la situación por parte de la denunciada y sus escasos conocimientos en la materia.
La resolución subraya la importancia de cumplir con la normativa vigente y recuerda que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento, recomendando a la denunciada asesorarse en caso de duda.