Hospital Universitario de Cáceres sancionado por no colaborar en investigación de protección de datos

Resolución PS-00320-2024
Firmado 2025-05-31T00:00:00Z
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El Hospital Universitario de Cáceres fue sancionado por no proporcionar la información requerida en el marco de una investigación sobre protección de datos. La denuncia se originó a partir de una reclamación presentada, que evidenció indicios de incumplimiento de las normas en este ámbito. La Subdirección General de Inspección de Datos inició una investigación y remitió dos requerimientos de información al hospital, los cuales no fueron respondidos en los plazos establecidos.

El hospital argumentó que la solicitud de información fue trasladada al Servicio Extremeño de Salud (SES), quien respondió a la misma. Sin embargo, esta respuesta no afectó la infracción cometida, ya que el requerimiento de información fue dirigido específicamente al hospital y no fue atendido en los plazos establecidos.

La infracción se tipifica en el artículo 83.5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que sanciona no facilitar el acceso a la información requerida por las autoridades de control. Esta conducta obstaculiza la potestad de investigación de dichas autoridades y es considerada una infracción grave.

La sanción impuesta se basa en la falta de colaboración del hospital, que no proporcionó la información solicitada en el plazo establecido, obstaculizando así la investigación. La resolución declara la infracción y establece medidas para corregir la conducta, aunque no se especifica una multa económica debido a que el hospital es una entidad pública. La resolución también se comunica al Defensor del Pueblo y se hace pública una vez notificada a los interesados. El hospital puede interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.