Telefónica sancionada por la AEPD por enviar publicidad no solicitada a un correo personal

Resolución PS-00319-2018
Firmado 2018-10-03T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00319/2018, se denunció a Telefónica Móviles España, S.A.U. por enviar publicidad a un correo electrónico personal de un individuo que no era cliente de la entidad. El denunciante, Don A.A.A., presentó una reclamación el 19 de abril de 2018, argumentando que recibía publicidad a pesar de no ser cliente de la empresa.

Las investigaciones revelaron que la dirección de correo electrónico había sido proporcionada por el titular de una línea telefónica en 2013, y que Telefónica utilizaba esta dirección para enviar publicidad. La empresa justificó que el enlace de baja en los correos requería datos personales para verificar la identidad del solicitante.

Telefónica reconoció su responsabilidad y optó por pagar voluntariamente una sanción de 900 euros, lo que conllevó la terminación del procedimiento. Este pago se realizó con una reducción del 20% sobre la sanción propuesta, conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La empresa también renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción propuesta.

La resolución declaró la terminación del procedimiento y notificó la decisión a Telefónica. La sanción se impuso debido a la infracción de normativas relacionadas con la protección de datos y la publicidad no solicitada, y se consideró resuelta con el pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la empresa.