Telefónica sancionada con 33.600 euros por incluir datos personales en ficheros de solvencia sin consentimiento

Resolución PS-00319-2017
Firmado 2018-02-19T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00319/2017, se denunció que Telefónica Móviles España, S.A.U. había incluido los datos personales de un individuo en ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF y BADEXCUG) por una deuda que no le pertenecía. Esta deuda se derivaba de la contratación de tres líneas de teléfono móvil a su nombre por un tercero que suplantó su identidad.

El denunciante, D. A.A.A., descubrió la inclusión de sus datos al solicitar un préstamo bancario. Tras contactar con Telefónica, la empresa reconoció el error y procedió a anular las facturas impagadas y a retirar sus datos de los ficheros de solvencia. Sin embargo, el denunciante no había recibido notificación previa sobre el impago ni sobre la contratación supuesta.

La denuncia se basó en la inclusión indebida de datos personales en ficheros de solvencia, lo cual vulnera la normativa de protección de datos. Telefónica fue acusada de tratar datos personales sin el consentimiento del afectado y de no garantizar la exactitud y veracidad de los datos tratados, lo que constituye una infracción grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Telefónica argumentó que había enviado avisos de pago a la dirección proporcionada por el contratante y que, tras conocer el fraude, había anulado las facturas y retirado los datos del fichero de solvencia. Sin embargo, no pudo acreditar que el denunciante fuera el responsable de las contrataciones.

Finalmente, Telefónica optó por pagar voluntariamente la sanción propuesta, que ascendía a 33.600 euros, tras aplicar las reducciones por reconocimiento de responsabilidad y pago anticipado. Este pago implicó la terminación del procedimiento sancionador y el reconocimiento de responsabilidad por parte de la empresa.