| Resolución | PS-00313-2024 |
| Firmado | 2024-10-17T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
KUR KLINIKUM, S.L. fue sancionada por no atender una solicitud de acceso a datos personales. Un ciudadano ejerció su derecho de acceso, pero la empresa no respondió adecuadamente. Tras varios requerimientos y notificaciones, la empresa no cumplió con la resolución que le obligaba a atender la solicitud o denegarla motivadamente. La sanción impuesta fue de 1.000 euros debido al incumplimiento de las resoluciones de la autoridad de control, tipificada como una infracción grave según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, se ordenó a la empresa que atendiera la solicitud de acceso o la denegara motivadamente en un plazo de diez días hábiles.