| Resolución | PS-00311-2023 |
| Firmado | 2023-10-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una persona denunció a LinkedIn por recibir correos electrónicos comerciales a pesar de haber solicitado la baja del boletín en dos ocasiones. La reclamante adjuntó pruebas de sus solicitudes de baja y de los correos recibidos posteriormente. LinkedIn no respondió a los requerimientos de mediación ni a la notificación del procedimiento sancionador. Se determinó que LinkedIn vulneró el artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), que prohíbe el envío de comunicaciones publicitarias no solicitadas. La sanción impuesta fue de 10.000 euros debido a la intencionalidad demostrada y la falta de respuesta por parte de LinkedIn.