| Resolución | PS-00310-2024 |
| Firmado | 2026-05-10T00:00:00Z |
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Resumen de la decisión
En esta resolución, se denuncia al Ayuntamiento de Coles (Ourense) por revelar datos personales de un representante legal de una empresa en un procedimiento sancionador. Concretamente, se colocó un escrito en un poste eléctrico accesible al público —situado cerca de unas obras paralizadas—, donde figuraban el nombre y apellidos del reclamante, su cargo en la empresa y la sanción impuesta (5.000 euros por incumplir una orden de paralización). Esta exposición pública vulneró el principio de integridad y confidencialidad de los datos personales (artículo 5.1.f del RGPD), al no garantizar un tratamiento seguro que impidiera su acceso a terceros no autorizados.
El Ayuntamiento alegó que el error fue puntual, que se retiró inmediatamente el documento al ser identificado por el interesado y que implementó medidas correctoras a posteriori (como protocolos de custodia y formación). Sin embargo, la Agencia consideró que las medidas adoptadas tras la infracción no eximen de responsabilidad, ya que no se aportó prueba suficiente de su efectividad antes del incidente. Además, los hechos probados (imágenes del escrito accesible en un lugar público) confirmaron la violación de la normativa.
Sanción aplicada y fundamento:
Se declaró la infracción del artículo 5.1.f del RGPD (principio de integridad y confidencialidad) pero no se impuso multa económica, ya que la normativa (artículo 77.1.c de la LOPDGDD) limita las sanciones pecuniarias a las administraciones públicas, exigiendo solo la declaración de la infracción y la adopción de medidas correctivas.
Medidas ordenadas:
El Ayuntamiento debe, en 3 meses, acreditar la aplicación de medidas técnicas y organizativas para garantizar la confidencialidad de los datos en supuestos similares (por ejemplo, protocolos de difusión segura, formación específica o auditorías). Si incumple, podría enfrentarse a nuevas actuaciones sancionadoras.
En resumen, se reconoce una vulneración clara de la protección de datos, pero se prioriza la corrección de prácticas sobre la penalización económica, dada la naturaleza pública del responsable.