| Resolución | PS-00306-2021 |
| Firmado | 2021-11-17T00:00:00Z |
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La Policía Municipal de una localidad denunció a una frutería por no tener señalizados los sistemas de videovigilancia en su interior con carteles informativos. La denuncia se basó en una inspección realizada el 5 de febrero de 2021, donde se constató la falta de señalización adecuada. La frutería ya había sido sancionada previamente por la misma infracción, pero no había adoptado las medidas correctoras necesarias. La falta de señalización vulnera el artículo 13 del RGPD, que exige informar a los afectados sobre el tratamiento de sus datos personales. Debido a la reiteración de la infracción y la falta de respuesta del reclamado, se impuso una multa de 1.000 euros y se ordenó la colocación de carteles informativos en las zonas videovigiladas.