La AEPD sanciona a Twitter con 30.000 euros por incumplir la normativa de cookies y falta de transparencia en su uso.

Resolución PS-00299-2019
Firmado 2020-03-03T00:00:00Z
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En el procedimiento PS/00299/2019, se denunció que Twitter facilitaba información inadecuada sobre las cookies que utiliza, afectando tanto a usuarios como a no usuarios de la red social. El reclamante señaló que Twitter no identificaba claramente todos los usos y socios que podrían utilizar la información de las cookies, y que algunas cookies se cargaban automáticamente sin acción del usuario.

Se comprobó que al acceder a la página web de Twitter, se instalaban varias cookies sin consentimiento previo, incluyendo algunas de tipo desconocido y otras de publicidad. Además, el mensaje sobre cookies no permitía rechazar o gestionar las mismas de forma granular, incumpliendo el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI).

Por estos motivos, se impuso a Twitter una sanción de 30.000 euros por la infracción leve tipificada en el artículo 38.4.g) de la LSSI. La sanción se justificó por la intencionalidad de la infracción, el plazo durante el cual se cometió, la naturaleza y cuantía de los perjuicios causados, y los beneficios obtenidos por la infracción. Además, se requirió a Twitter que adecuara su página web a lo estipulado en el artículo 22.2 de la LSSI en un plazo de un mes.