| Resolución | PS-00296-2019 |
| Firmado | 2020-02-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento PS/00296/2019, un socio denunció que la Unión Deportiva Tres Cantos expuso la lista de socios en un lugar accesible a cualquier persona durante unas elecciones y no había actualizado su política de privacidad conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, se observó que la entidad no había informado adecuadamente a los usuarios sobre el tratamiento de sus datos personales.
La entidad fue requerida para aclarar estos hechos, pero no respondió. Se determinó que la entidad no había adaptado su gestión de datos personales al RGPD, lo que constituía una infracción del artículo 13 del RGPD. La sanción impuesta fue un apercibimiento, ya que se consideró que la entidad debía tomar medidas para adecuar su política de privacidad a la normativa vigente. Se le requirió que, en un plazo de un mes, informara adecuadamente a los usuarios sobre el tratamiento de sus datos personales.