AEPD sanciona a Telefónica por suplantación de identidad y tratamiento ilícito de datos personales

Resolución PS-00295-2018
Firmado 2018-11-07T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00295/2018, se denunció que una persona, identificada como A.A.A., recibió facturas y llamadas telefónicas de empresas relacionadas con Movistar, reclamando el pago de servicios que nunca había contratado. La denunciante afirmó que su identidad había sido suplantada para contratar servicios de telecomunicaciones a su nombre sin su consentimiento.

La denuncia se centró en la presunta infracción del artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado. Según la denuncia, las empresas Telefónica de España, S.A.U., y Telefónica Móviles España, S.A.U., emitieron facturas y realizaron tratamientos de datos personales sin el consentimiento de la denunciante.

Las empresas fueron sancionadas por esta infracción, que fue considerada grave. La sanción se basó en la falta de consentimiento para el tratamiento de datos personales y la emisión de facturas a nombre de la denunciante sin su autorización. Además, se consideraron agravantes la continuidad de la infracción, la vinculación de las actividades de las empresas con el tratamiento de datos, el volumen de negocio de las mismas y la reincidencia en infracciones similares.

Sin embargo, las empresas optaron por pagar voluntariamente la sanción propuesta, lo que implicó una reducción del 20% sobre el importe de la sanción. Telefónica de España, S.A.U., y Telefónica Móviles España, S.A.U., pagaron cada una 16.800 euros, reconociendo su responsabilidad y renunciando a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. Este pago voluntario llevó a la terminación del procedimiento sancionador.