| Resolución | PS-00283-2024 |
| Firmado | 2025-09-30T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares fue denunciado por una vulneración de la normativa de protección de datos. La denuncia se originó cuando el ayuntamiento publicó una resolución que incluía los nombres, apellidos y DNI de 42 personas que habían presentado alegaciones sobre la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa sobre la recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos. La parte reclamante argumentó que esta acción vulneraba la confidencialidad de los datos personales, ya que los datos de los participantes fueron revelados sin una base legítima.
La infracción se tipificó como una vulneración del principio de integridad y confidencialidad establecido en el artículo 5.1.f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este principio exige que los datos personales sean tratados de manera que se garantice su seguridad, protegiéndolos contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental.
El ayuntamiento fue notificado del inicio del procedimiento sancionador, pero no respondió dentro del plazo establecido. Posteriormente, el ayuntamiento reconoció su responsabilidad y adoptó medidas correctivas para evitar futuras infracciones. Debido a este reconocimiento, el procedimiento se resolvió con la declaración de la infracción, sin imposición de sanción económica. Sin embargo, se le ordenó al ayuntamiento que adoptara medidas adecuadas para ajustar su actuación a la normativa de protección de datos y que acreditara el cumplimiento de estas medidas.