AEPD impone sanción de 900 euros a KAFFA KOFFEE ORGANISATION, S.L. por incumplir reiteradamente órdenes para proteger datos personales en envíos de correos masivos

Resolución PS-00279-2025
Firmado 2026-04-28T00:00:00Z
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Resumen de la decisión (EXP202506907):

Se resuelve imponer una sanción a KAFFA KOFFEE ORGANISATION, S.L. por incumplir una resolución anterior que obligaba a adoptar medidas para evitar el envío de correos electrónicos masivos con exposición de direcciones de destinatarios (cifrado BCC). La empresa no cumplió con lo ordenado en el plazo establecido, a pesar de recibir múltiples notificaciones y requerimientos formales.

Hecho denunciado/reclamado:
La infracción consistió en no implementar las medidas técnicas necesarias para evitar la exposición de datos personales (direcciones de correo) en comunicaciones masivas, vulnerando el artículo 58.2.d del RGPD (obligación de ajustar el tratamiento a la normativa).

Sanción y fundamento:
Se impone una multa de 900 euros por:
Incumplimiento reiterado: KAFFA no respondió a la resolución inicial ni a los requerimientos posteriores para acreditar las medidas.
Negligencia: A pesar de ser notificada formalmente, la empresa no adoptó acciones correctivas ni justificó su incumplimiento.
Criterios de proporcionalidad: Se consideró su condición de microempresa (volumen de negocio de 6.187 € en 2022) y la ausencia de antecedentes previos, aplicando una sanción acorde a los principios de efectividad, proporcionalidad y disuasión del RGPD.

Medida adicional:
Se ordena cumplir la resolución original en un mes desde la firmeza del acto, so pena de nuevas sanciones. La resolución es ejecutiva y puede recurrirse en vía administrativa o judicial.

Base legal: Artículos 83.6 del RGPD (infracción de resoluciones de autoridad de control) y 72.1 LOPDGDD (prescripción de 3 años para infracciones muy graves).