| Resolución | PS-00278-2019 |
| Firmado | 2020-01-13T00:00:00Z |
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Un usuario denunció a Vodafone por seguir recibiendo comunicaciones sobre facturas electrónicas después de solicitar la supresión de sus datos. La empresa reconoció un error informático que mantuvo su correo electrónico en la lista de envíos. A pesar de la falta de intencionalidad, se impuso una multa de 75.000 euros por vulnerar el principio de licitud del tratamiento de datos, ya que no se contaba con el consentimiento del usuario para recibir dichas comunicaciones. La sanción se justificó por la falta de diligencia en la gestión de los datos y la necesidad de que las sanciones sean disuasorias.