Vodafone multada con 60.000 euros por la AEPD por vulnerar la seguridad de datos personales

Resolución PS-00277-2019
Firmado 2019-11-06T00:00:00Z
Enlace 📋

El procedimiento sancionador PS/00277/2019 se inició debido a una reclamación presentada por A.A.A. contra Vodafone España, S.A.U. La reclamante denunció que la empresa estaba realizando cargos en una cuenta bancaria que no era la facilitada por ella y de la cual no era titular ni autorizada. Además, indicó que la dirección postal registrada en los ficheros de Vodafone no coincidía con la proporcionada durante la contratación.

La reclamante había notificado a Vodafone sobre estos errores a través de un burofax en enero de 2019, pero la empresa no había solucionado el problema. Tras una investigación, se constató que Vodafone no había garantizado la seguridad adecuada en el tratamiento de los datos personales de la reclamante, vulnerando así el artículo 5.1.f del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece los principios de integridad y confidencialidad de los datos personales.

Se propuso una sanción de 75.000 euros, que se redujo a 60.000 euros en caso de pago voluntario. Vodafone optó por pagar esta cantidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador. El pago voluntario implicó la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.