La AEPD sanciona a CALLBELL S.A.S. con 5.000 euros por enviar publicidad no solicitada a través de WhatsApp

Resolución PS-00276-2024
Firmado 2024-10-01T00:00:00Z
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La entidad CALLBELL S.A.S. fue sancionada con 5.000 euros por enviar comunicaciones comerciales no solicitadas a través de WhatsApp. La reclamante, Dª. A.A.A., había solicitado formalmente la cesación de dichas comunicaciones, pero estas continuaron llegando. La infracción se tipifica como leve según la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), debido a que la entidad no cumplió con los requisitos establecidos para el envío de comunicaciones comerciales. La sanción se impuso por la persistencia en enviar mensajes publicitarios a pesar de la solicitud expresa de la reclamante para que cesaran.