| Resolución | PS-00275-2023 |
| Firmado | 2024-12-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un individuo denunció a KENAI MEDIA, S.L. por la difusión de un vídeo de contenido para adultos en el que aparecía sin su consentimiento. La denuncia se basó en la publicación del vídeo en varias páginas web, incluyendo una española que enlazaba con versiones internacionales. La persona afectada solicitó la retirada del vídeo, pero los enlaces seguían activos.
KENAI argumentó que contaba con las autorizaciones necesarias y presentó documentos que supuestamente acreditaban el consentimiento de la parte reclamante. Sin embargo, se determinó que el consentimiento no cumplía con los requisitos legales de ser libre, específico, informado e inequívoco. Además, la cesión de derechos no incluía la participación directa de la persona afectada en los contratos posteriores.
Por estas razones, se impuso una multa de 10.000 euros a KENAI por vulnerar el artículo 6.1 del RGPD, que establece las condiciones para el tratamiento lícito de datos personales. La sanción se justificó por la gravedad de la infracción, la naturaleza de los datos tratados y la actividad continua de KENAI en el tratamiento de datos personales. Además, se ordenó a KENAI adoptar medidas para asegurar que la imagen de la persona afectada no fuera tratada ni difundida sin una base legal válida.