Centro de belleza multado con 1.000 euros por enviar SMS promocional a cliente que había solicitado la supresión de sus datos

Resolución PS-00273-2020
Firmado 2021-01-14T00:00:00Z
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Un cliente solicitó la supresión de sus datos personales a un centro de belleza en septiembre de 2019, y recibió confirmación de que se habían eliminado. Sin embargo, en mayo de 2020, recibió un SMS promocional del centro, lo que indicaba que sus datos no habían sido completamente eliminados. El centro alegó que el número de teléfono pertenecía a otra cliente con apellidos similares. Se determinó que el envío del SMS constituía una infracción del artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), que prohíbe el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas. Por esta infracción leve, se impuso una multa de 1.000 euros al centro de belleza.