| Resolución | PS-00269-2022 |
| Firmado | 2022-12-28T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una trabajadora de limpieza denunció a una comunidad de propietarios y a su empleador por incluirla en un grupo de WhatsApp sin su consentimiento para el seguimiento de su actividad laboral. La trabajadora también reclamó por la cesión de su número de teléfono privado y por la falta de respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales. La comunidad de propietarios no respondió a las notificaciones ni presentó alegaciones. Se le impuso una sanción de 2.000 euros por tratar datos personales sin una base legal adecuada y por no atender la solicitud de acceso a los datos personales de la trabajadora.